Sentencia sobre el caso
Mendoza y otros con Argentina
Corte Interamericana de
Derechos Humanos
El 14 de mayo de 2013, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó
sentencia en el caso Mendoza y otros con Argentina, sometido a la jurisdicción
de la Corte por
la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos el 17 de junio de 2011.
Los hechos del caso se refieren a la imposición de penas de privación
perpetua de la libertad a César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez, Lucas
Matías Mendoza, Saúl Roldán y Ricardo David Videla Fernández, por hechos que
ocurrieron cuando eran menores de edad, así como a la falta de adecuada
atención médica a Lucas Matías Mendoza durante el cumplimiento de su condena; a la tortura
sufrida por Lucas Matías Mendoza y Claudio David Núñez, y a la falta de
investigación de este hecho y de la muerte de Ricardo Videla mientras se
encontraba bajo custodia estatal.
Por otra parte, sostuvo que “la desproporcionalidad de las penas
impuestas a César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez, Lucas Matías Mendoza,
Saúl Cristian Roldán Cajal y Ricardo David Videla Fernández, y el alto impacto
psicológico producido, (…) constituyeron tratos crueles e inhumanos” (Considerando 183).
-
brindar gratuitamente, a través de sus instituciones o personal de salud
especializados, y de forma inmediata, adecuada y efectiva, el tratamiento
médico y psicológico o psiquiátrico necesario:
- - asegurar a las
víctimas a la mayor brevedad, las
opciones educativas o de capacitación formales que ellos deseen, incluyendo
educación universitaria, a través del sistema penitenciario o, en caso de que
se encuentren en libertad, a través de sus instituciones públicas;
- - ajustar su marco legal
a los estándares internacionales en materia de justicia penal juvenil, y
diseñar e implementar políticas públicas con metas claras y calendarizadas, así
como la asignación de adecuados recursos presupuestales, para la prevención de
la delincuencia juvenil a través de programas y servicios eficaces que
favorezcan el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes;
- - asegurar que no se
vuelva a imponer las penas de prisión o reclusión perpetuas por delitos
cometidos siendo menor de edad. De igual modo, Argentina deberá garantizar que
las personas que actualmente se encuentren cumpliendo dichas penas por delitos
cometidos siendo menores de edad puedan obtener una revisión de las mismas;
- - implementar, en un
plazo razonable, si no existieran actualmente, programas o cursos obligatorios
sobre los principios y normas de protección de los derechos humanos y de la
niñez, incluyendo aquéllos relativos a la integridad personal y tortura, como
parte de la formación general y continua del personal penitenciario federal y
de la Provincia
de Mendoza, así como de los jueces con competencia sobre delitos cometidos por niños;
- - investigar por los
medios judiciales, disciplinarios o administrativos pertinentes, los hechos que
pudieron contribuir a la muerte de Ricardo David Videla en la Penitenciaría de Mendoza.
Finalmente, la Corte
señaló que supervisará el cumplimiento de la sentencia y dará por concluido el
caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la
misma.
El fallo íntegro se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/index.php/16-juris/22-casos-contenciosos
Por Celeste
Leonardi.
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